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Volumen V Tránsito y Transporte
Libro IV
Del tránsito público
Título VII
De las preferencias de paso y vías preferenciales
Artículo R.424.102.1 ._
A los efectos indicados en el artículo D.621 se mantienen todas las preferencias de paso aprobadas con anterioridad al 09/08/10.
La División Tránsito y Transporte realizará evaluaciones periódicas de las preferencias de paso y aconsejará las modificaciones, ampliaciones o supresiones que técnicamente sean aconsejables.