Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Legislativa
Título I
De los servicios públicos de transporte colectivo de pasajeros
Nota:

Ver articulos D.2425.39 a D.2425.42 del Volumen X "De los espacios públicos y de acceso al público", del Digesto Departamental, los cuales incorporan normativa tendientes a prevenir el acoso sexual en espacios públicos o de acceso al publico, en el transporte público o transporte privado de interés público.

Por Res. IM Nº 3236/21 de 30 de agosto de 2021, numerales 1º a 3º, se amplia el beneficio viajes para vacunados contra COVID-19 establecido por Res. IM Nº 2253/21 de 21/06/2021, numerales 1º y 2º.

Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección I
Régimen general
 De los servicios

Artículo D.760.1 ._

Modalidades de Línea.

Las modalidades de línea serán:

A) Línea Local: Es el servicio cuyos puntos de origen y destino se encuentran en un mismo entorno barrial, de reducida longitud, y conectado a centralidades zonales. Puede ser utilizado como complemento de servicio zonal de líneas troncales o transversales.

B) Línea Alimentadora: Es el servicio zonal cuya finalidad principal es brindar, mediante la modalidad de trasbordo, la conexión con la red troncal de servicios.

C) Línea Troncal: Es el servicio que sirve a un corredor principal de transporte sobre una infraestructura vial preferencial, asociada a líneas de la ciudad con gran diversidad de actividades e importante demanda de viajes.

D) Línea Transversal: Es el servicio inter-barrios, realiza una conexión barrial atravesando varias centralidades zonales.

E) Línea Diferencial: Es el servicio semi-directo caracterizado por la LETRA D, con mayor velocidad, menor cantidad de paradas y con una tarifa única de mayor costo. No permite la modalidad de viaje multitramo y no acepta viajes bonificados ni totales ni parciales.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1