DEPARTAMENTO DE DESARROLLO SOCIAL
Del Departamento de Desarrollo Social dependerán en línea directa; la Oficina Central; la Unidad de Planificación, Monitoreo y Evaluación; la Unidad de Difusión y Comunicación; la Coalición Latinoamericana y Caribeña de Ciudades contra el Racismo, la Discriminación y la Xenofobia; la Unidad de Convenios y Asesoría Legal y, en línea asesora, la Unidad de Apoyo y Gestión Presupuestal.
Del Departamento de Desarrollo Social dependerán las siguientes Divisiones:
DIVISIONES:
-Salud
-Políticas Sociales
División Salud
Dependerán de División Salud los siguientes Servicios y Unidades:
SERVICIOS:
- Servicio de Atención a la Salud, del que dependerán las siguientes Policlínicas:
Policlínica Aquiles Lanza
Policlínica Barrio Sur
Policlínica Buceo
Policlínica Casabó
Policlínica Casavalle
Policlínica Colón
Policlínica Entre Vecinos
Policlínica De Yucatán (INVE 9 y 10)
Policlínica Dra. Irma Gentile Ramos
Policlínica Dr. Francisco Pucci
Policlínica Dr. Juan J. Crottogini
Policlínica Giraldez
Policlínica INVE 16
Policlínica José Pedro Varela
Policlínica La Paloma
Policlínica La Teja
Policlínica Lavalleja
Policlínica Los Angeles
Policlínica Luisa Tiraparé
Policlínica Parque Bellán
Policlínica Paso de la Arena
Policlínica Punta de Rieles
Policlínica Yano Rodríguez
Policlínica Zully Sánchez
Policlínico Móvil
- Servicio de Salubridad Pública
- Servicio de Regulación Alimentaria, del que dependerán las Unidades Laboratorio de Bromatología y Educación para la Salud
- Servicio Fúnebre y Necrópolis
UNIDADES:
-Equipo Económico Financiero-Salud
-Unidad de Igualdad de Género.
División Políticas Sociales
Dependerán de la División Políticas Sociales: la Unidad de Atención y Orientación sobre Servicios Sociales, la Unidad de Compras, la Unidad de Economía Social y Solidaria y las siguientes Secretarías:
SECRETARIAS:
- Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social
- Secretaría de Educación para la Ciudadania
- Secretaría de Equidad Étnico-Racial y Poblaciones Migrantes
- Secretaría de Discapacidad
- Secretaría de la Diversidad
- Secretaría de las Personas Mayores
- Secretaría de Infancia, Adolescencia y Juventud
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
De la organización y de la competencia
De la estructura orgánico administrativa
De los órganos ejecutivos
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 | ||
num. 1 y 2 | ||
num. 1 | num. 2 | |
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 3 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | Suprime el Servicio Médico dependiente de la División de salud del Departamento de Desarrollo Social. | |
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | num. 2 | |
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 2 | Lit. E | |
num. 2 | Lit. C | |
num. 1 | Lit. C | |
num. 2 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | num. 2 | |
num. 1 | num. 2 | |
num. 1 | ||
num. 2 | Lit. C | |
num. 1 | Lit. C | |
num. 1 | Lit. C | |
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | R. 6 | |
num. 1 | R. 6 | |
num. 1 | Lit. B lit. a | |
num. 1 | R.6 | |
num. 1 | num. 2 | |
num. 1 | Lit. B; Lit. B.1 lit. a; Lit. B.1 lit. b; Lit. B.1 lit. c. | |
num. 1 | num. 3 | |
num. 1 | ||
num. 3 | num. 4 Lits. A y B | |
num. 1 | num. 2 | |
num. 1 | ||
num. 2 | inc.2; num. 3 Lit. F | |
num. 6 |
Por Res.IM Nº 2792/24 de 24/06/2024, num 1º, el Parque de la Amistad pasa a depender en forma directa del Departamento de Cultura.
Por Res.IM Nº 2913/24 de 08/07/2024, num 1º, se crea la Brigada Social que dependerá en forma directa de la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social de acuerdo a lo acordado con el Centro Coordinador de Emergencias Departamentales (CECOED), num 2º se establece que sin perjuicio de las condiciones de trabajo establecidas en las Resoluciones Nros. 790/23/5000, de 20 de octubre de 2023, y 0218/24, de 10 de enero de 2024, los/as funcionarios/as integrantes del grupo de trabajo antes indicado que sean convocados para atender emergencias socio habitacionales en sus distintas fases, deberán ajustar su actuación a las reglas que se indican, siguiendo el procedimiento establecido en la misma. En el num 3º, se establece que los funcionarios que realizarán las tareas de coordinación de la
mencionada Brigada, serán designados de manera fundada por la Dirección General y que percibirán por hora trabajada, la misma remuneración que los brigadistas y por ultimo en el num 5º, se establece que resulta incompatible, para la misma jornada de trabajo, la realización de tareas de brigadistas y/o coordinador, con la realización de horas extras.
Por Res. IM Nº 3176/19 de 08/07/2019, num 1º, se estableció que el Programa de Reconversión Laboral de Clasificadores de Residuos Sólidos Urbanos y Sustitución de Tracción Animal por Motocarros pasará a depender directamente de la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social.