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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro II
Del procedimiento
Parte Reglamentaria
Título I
Del procedimiento administrativo
Nota:

Por Resolución IM Nº 3060/16 de fecha 4 de julio de 2016 se dispuso que a partir del 21 de junio de 2016 la Intendencia de Montevideo inició la tramitación de su gestión administrativa, en los Municipios y todas las dependencias del Ejecutivo, solamente a través de la herramienta "Expediente Electrónico" en la forma prevista en la Resolución 4824/15 de 19/10/15.

Capítulo II
De la iniciación
Sección II
De la presentación y recepción de escritos

Artículo R.33 ._

Documentos adjuntos.
Los documentos que se adjunten a la solicitud o exposición podrán presentarse en fotocopia o reproducción similar, cuya concordancia verificará en el acto el/la funcionario/a receptor/a mediante cotejo con el original que exhibirá la persona y que le será devuelto una vez efectuada la verificación.

En caso de complejidad derivada del cúmulo o de la naturaleza de los documentos a cotejar, la dependencia receptora podrá retener los originales, previa expedición de la constancia correspondiente, por el término máximo de cinco días hábiles a efectos de realizar la validación de las correspondientes reproducciones. Cumplido el plazo, los originales mencionados podrán ser retirados por quien los hayan presentado. Sin perjuicio de lo precedentemente dispuesto, la Administración podrá exigir en cualquier momento la exhibición de los originales o de un testimonio notarial de los mismos.

FuenteObservaciones
num. 5
num. 1
R.40
num. 1