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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título II
De la competencia de los órganos de la Intendencia
Capítulo IV
De la Comisión Coordinadora de la Reforma Municipal

Artículo R.19.29 ._
DEJADO SIN EFECTO

La Comisión Coordinadora de la Reforma Municipal, creada por Res. IMM 2435/95 de 17/07/95 fue dejada sin efecto por Res. IMM 4163/08 de 22/09/08. Por Res. IMM 899/09 de 17/03/09, num. 2, se dejó sin efecto el contenido de este artículo.


A la Comisión Coordinadora de la Reforma Municipal compete:

1-Impulsar y coordinar acciones tendientes a lograr los mejores resultados en las siguientes áreas:
  a) aspectos normativos y legales para actualizar el marco institucional del Gobierno Departamental;
  b) búsqueda de modalidades de gestión más ágiles y de nuevas formas de colaboraciones con la sociedad  
      civil;
  c) capacitación del personal, racionalización y tecnificación de las estructuras administrativas y mejor
     aprovechamiento de los recursos materiales;
  d) desburocratización de los procedimientos y los comportamientos administrativos para incrementar los
      resultados de la gestión y facilitar al usuario su relacionamiento con la Administración;

2-Propiciar iniciativas y proyectos en dichas áreas.

3-Colaborar para el mejor logro de los proyectos encaminados a la Reforma Municipal.

4-Coordinar los esfuerzos que las dependencias municipales están realizando en esta materia.

5-Informar periódicamente al Intendente Municipal sobre los avances logrados y las dificultades encontradas en el curso de sus proyectos.
 

FuenteObservaciones
num. 2
num. 1
num. 1
num. 2
num. 2