Formalidades de la notificación practicada personalmente.
Cuando la notificación se practique personalmente, se entregará copia de la Resolución dictada y se dejará constancia de ello en el expediente, con inclusión de la fecha en que se practicó, bajo firma del notificador.
Toda notificación será firmada por la persona a notificar.
En caso de que no supiera o no pudiera firmar, o se negare a hacerlo, se dejará constancia de ello, practicándose la misma.