Cómputo de los plazos de las peticiones.
Los plazos señalados en el artículo anterior se cuentan por días corridos y se computan sin interrupción; si vencen en día feriado se extenderán hasta el día hábil inmediato siguiente y se suspenderán solamente durante la Semana de Turismo (Ley 15.869 de 22 de junio de 1987, art.10).
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia
Libro II
Del procedimiento
Del procedimiento
Parte Reglamentaria
Título I.I
Derecho de Petición y Procedimiento Recursivo
Derecho de Petición y Procedimiento Recursivo
Artículo R.107 ._
Fuente | Observaciones | |
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num. 5 | ||
num. 1 | R. 107 | |
num. 1 |