Toda vez que de las diligencias indagatorias realizadas se configure la semiplena prueba de la intervención dolosa de un funcionario en algún acto que comprometa el patrimonio, el prestigio o el decoro de la Administración, el instructor lo comunicará de inmediato al Director de la División Asesoría Jurídica con expresión de causa, a fin de que se adopten las medidas pertinentes.
Asimismo, el instructor solicitará la suspensión o traslado provisorio de cualquier funcionario, siempre que su separación de las funciones sea necesaria o conveniente para la mayor eficacia de su cometido, debiendo dar cuenta en cuanto desaparezca la causa que motivó su solicitud, para que se deje sin efecto la medida adoptada.