Se califica como "Area de Proximidad Testimonial" a la que conforman los predios enfrentados a las calles:
Río Branco, acera Este entre Carlos Gardel y Durazno; Julio Herrera y Obes, ambas aceras entre Carlos Gardel y Durazno; Río Negro, ambas aceras entre Carlos Gardel y Durazno y entre Carlos Gardel y predios frentistas a la Rambla Naciones Unidas; Paraguay, acera Oeste entre Carlos Gardel y Durazno y entre Carlos Gardel y predios frentistas a la Rambla Naciones Unidas; y acera Este entre Carlos Gardel y Durazno y Carlos Gardel y Dr. José María Roo; Gutiérrez Ruiz, ambas aceras entre Durazno y Dr. José María Roo; Zelmar Michelini ambas aceras entre Durazno y Avda. Gonzalo Ramírez; Yí ambas aceras entre Durazno y Avda. Gonzalo Ramírez; Yaguarón, ambas aceras entre Durazno y Avda. Gonzalo Ramírez; Ejido, acera Oeste entre Durazno y Avda. Gonzalo Ramírez; predios frentistas a Zelmar Michelini acera Oeste desde Avda. Gonzalo Ramírez al sur exceptuando solares definidos en el Art.D.537.10.2; predios frentistas a Avda. Gonzalo Ramírez, ambas aceras desde Zelmar Michellini a Ejido, Domingo Petrarca, ambas aceras desde Avda. Gonzalo Ramírez hasta La Cumparsita; José María Roo, acera norte entre paraguay y Zelmar Michellini.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título XI
URBANISMO. Disposiciones vigentes según art. 4º y 7º del Dto. JDM 28.242 de 16/09/1998.
URBANISMO. Disposiciones vigentes según art. 4º y 7º del Dto. JDM 28.242 de 16/09/1998.
Capítulo IV
Del ordenamiento edilicio
Del ordenamiento edilicio
Sección V
Del ordenamiento edilicio en los alrededores de la Calle Carlos Gardel.
Del ordenamiento edilicio en los alrededores de la Calle Carlos Gardel.
Artículo D.224.537.10.3 ._
DEROGADO DEROGADO por Decreto JDM Nro. 31.386 de 25/07/05.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 | ||
art. 11 | ||
art. 4 | (art. D.537.10.3 del Vol. IV Urbanismo) | |
art. 3 | (art. D.537.10.3 del Vol. IV Urbanismo) |