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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro II
Del procedimiento
Parte Reglamentaria
Título I
Del procedimiento administrativo
Nota:

Por Resolución IM Nº 3060/16 de fecha 4 de julio de 2016 se dispuso que a partir del 21 de junio de 2016 la Intendencia de Montevideo inició la tramitación de su gestión administrativa, en los Municipios y todas las dependencias del Ejecutivo, solamente a través de la herramienta "Expediente Electrónico" en la forma prevista en la Resolución 4824/15 de 19/10/15.

Capítulo IV
De la finalización
Sección II
Formalidades del Acto Administrativo

Artículo R.85.1 ._
DEJADO SIN EFECTO

Dejado sin efecto tácitamente por Res. IMM 9266/93 de fecha 23/08/93, num. 1.


Todas las dependencias municipales con excepción del Departamento de Hoteles, Casinos, y Turismo, remitirán al Servicio Central de Notificaciones en un plazo máximo  de 3 (tres), días hábiles siguientes a la fecha de la resolución o acto administrativo a notificar, las actuaciones con que deban ser practicadas las notificaciones.

Las mismas se compondrán de formulas impresas en juego por triplicado, correspondiendo cada una de ellas a la denominación " ACTUACIÓN, CONTROL Y CEDULON ", tal como se establece en los artículos R. 96. 1 y siguientes.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1