Todas las dependencias municipales con excepción del Departamento de Hoteles, Casinos, y Turismo, remitirán al Servicio Central de Notificaciones en un plazo máximo de 3 (tres), días hábiles siguientes a la fecha de la resolución o acto administrativo a notificar, las actuaciones con que deban ser practicadas las notificaciones.
Las mismas se compondrán de formulas impresas en juego por triplicado, correspondiendo cada una de ellas a la denominación " ACTUACIÓN, CONTROL Y CEDULON ", tal como se establece en los artículos R. 96. 1 y siguientes.