Cada Servicio remitirá al Servicio de Inspección General los formularios impresos por triplicado y escritos a máquina, conjuntamente con la relación de las notificaciones a realizar, (con copia), que contenga las resoluciones o actos administrativos deben notificarse. Dichos formularios están conformados por tres vías (original y dos copias) las que contienen los siguientes enunciados:
1) vía de actuación: la que será devuelta una vez efectuada la notificación y que deberá adjuntarse por el servicio remitente al expediente;
2) vía de control: quedará archivada en el Servicio de Inspección General por orden de dependencia, remitente y fecha;
3) vía de cedulón: se entregará al destinatario del acto a notificar.