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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Legislativa
Título II
De los servicios privados de interés público
Nota:

Ver articulos D.2425.39 a D.2425.42 del Volumen X "De los espacios públicos y de acceso al público", del Digesto Departamental, los cuales incorporan normativa tendientes a prevenir el acoso sexual en espacios públicos o de acceso al publico, en el transporte público o transporte privado de interés público.

Capítulo II
Del transporte de cosas
Sección II
De los servicios de entrega (deliverys)

Artículo D.866.1 ._

Ámbito de aplicación. La presente Sección se aplicará en todo el territorio del departamento de Montevideo, respecto de actividades que signifiquen servicios de cadetería, de mensajería, de mozo de exterior, de traslado de alimentos y/u otros de idéntica naturaleza, que se realicen a través de motocicletas, motonetas, ciclomotores, cuatriciclos, moto furgones o vehículos similares, en adelante y para el presente llamados “delivery” (Servicios de entrega).

FuenteObservaciones
art. 1