Modificar el artículo 102 numeral 2, inciso h) del Decreto Nº 24.622 de fecha 23 de julio de 1990, el que quedará redactado con el siguiente texto:
"h) En caso de cremación de cadáveres: $ 10.300 (Pesos Uruguayos diez mil trescientos).
Los servicios prestados por el Servicio Fúnebre Departamental estarán exonerados de la presente Tasa."