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Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Título III
De las actividades en espacios públicos o de acceso al público
Capítulo III
De los cuidadores de vehículos
Sección I
Cuidadores de vehículos registrados
Artículo R.1270.4 ._
(Baja del permisario).- Los cuidadores de vehículos serán dados de baja por renuncia, fallecimiento, y revocación del permiso (artículos D.2306 y D.2307).
| | Art. 4 del Protocolo para la actuación sobre Cuidadores de Vehículos registrados. |