Facultar al/a la Intendente/a de Montevideo a:
a) incorporar o suprimir servicios en el régimen de trabajo de sexto día de labor creado por el artículo 142 del Decreto Nº 22.549, de fecha 13 de diciembre de 1985;(*)
b) incorporar o suprimir en el mencionado régimen, a aquellos funcionarios/as que cumplan con los requisitos establecidos en la reglamentación que se dictare al respecto;
c) habilitar el sexto día de labor y su correspondiente compensación, determinado por resolución fundada los cupos de las unidades y carreras autorizadas.