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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo II
Servicio Contralor de la Edificación
Sección II
Permisos de Construcción

Artículo 231.3 ._

En los trámites que se realicen ante dependencias en las que se gestionen solicitudes de autorizaciones de carácter urbano y habilitaciones, por cada 30 días de plazo concedido para ajustarse a las reglamentaciones de la Intendencia de Montevideo, y sin perjuicio de la regularización de la situación planteada, se abonará UI 2 por metro cuadrado, con un mínimo de UI 343.
Declarar exonerados del pago de las tasas correspondientes, los plazos concedidos en los trámites de permisos de construcción desde el 1º de enero de 2023.

FuenteObservaciones
art. 48
art. 17