Facultar a la Intendencia de Montevideo para otorgar las exoneraciones que se enumeran a continuación, así como permitir las excepciones que se prevén, en ambos casos respecto de bienes ubicados en el ámbito territorial establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 38.918 de 18/11/2024:
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C) Tasas departamentales relativas a Permisos de Implantación y Construcción.
Exoneración de tasas departamentales relativas a Permisos de Implantación y Construcción, para proyectos en inmuebles comprendidos en el artículo 1º del Decreto Nº 38.918 de 18/11/2024, que hayan iniciado el trámite de Permiso de Implantación y/o Construcción entre el 1º de abril de 2024 y hasta los dieciocho meses contados desde la aprobación de la reglamentación del presente decreto, exceptuando a aquellas que hayan sido emitidas y abonadas.