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Digesto Departamental
Volumen VIII Contratos de la Administración

Libro VIII
De los Contratos de la Administración
Parte Legislativa
Título V
Contratos de uso de bienes de propiedad Departamental no afectados al uso público ni a la Cartera de Tierras

Artículo D.2241.46.1 ._

En los casos de escisión o de contratos de gerenciamiento u otro tipo de participación a los que refiere el artículo D.2241.43.2, la Intendencia de Montevideo podrá exigir para el otorgamiento de la concesión o para mantenerla, que las instituciones públicas o privadas sin fines de lucro y las Sociedades Anónimas Deportivas se obliguen en forma solidaria a cumplir los deberes impuestos en la concesión.

FuenteObservaciones
art. 34