Las remociones de los pavimentos y cordones, cuya conservación esté a cargo de la Intendencia de Montevideo, deberán ser ejecutadas por las Instituciones Oficiales, Entes, Empresas Contratistas o por particulares que las soliciten, así como el relleno de las zanjas, resultantes de dichas remociones.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
De las remociones en la vía pública
De las remociones de pavimentos y cordones
Para las remociones que se deban ejecutar en pavimentos y cordones cuya conservación esté a cargo de la empresa constructora que los ha realizado, la Intendencia de Montevideo le intimará la ejecución de esas obras, las que se deberán iniciar dentro de los 3 días siguientes a la notificación y en caso de que no se dé cumplimiento por parte de la empresa notificada, en el plazo antes indicado, la Intendencia lo ejecutará por sí o autorizará su ejecución sin perjuicio de aplicar las penalidades previstas en el pliego de condiciones que rigió la contratación.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 | ||
art. 1 | Viene del D.2233.1 | |
art. 1 | Viene del D.2234 | |
art. 22 |
En todo corte de pavimento en calzadas y aceras, será obligatorio el uso de equipos mecánicos de aserrado tales como los dotados de discos abrasivos. Los bordes del pavimento a reponer deber ser paralelos o perpendiculares al eje de calzada.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 | ||
art. 1 | Va para el D. 2232. Viene del D.2234 |
Cuando se trate de remociones que afecten pavimentos de losas graníticas, se deberá solicitar un permiso especial, definiendo exactamente el tramo que será removido, de manera que la Oficina competente de la Intendencia previo al otorgamiento del permiso, marque los defectos existentes en las losas. Con la autorización correspondiente la Intendencia notificará al Organismo o Empresa responsable, las piezas rotas o con defectos existentes en el tramo.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 | ||
art. 3 | Viene del D.2234.1 |
Para remover las piezas, se deberán emplear los elementos adecuados que aseguren un correcto manipuleo, levantando la totalidad de las piezas afectadas por el trazado, lo que asegurará un debido compactado de la base durante su colocación debiendo reubicar las piezas en el mismo lugar del que fueron retiradas. Toda rotura en el manipuleo de las piezas será de cargo del que ejecuta la obra, el que deberá reponer la pieza rota, la que será de material similar al existente y de un espesor mínimo de 6 cm.
En el caso de aquellas piezas que estuvieran rotas antes de su remoción, la Intendencia podrá exigir su sustitución por losas sanas que serán proporcionadas sin cargo, por parte de la misma.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 | ||
art. 3 | Viene del D.2234.2 |