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TOTID
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Departamento de Desarrollo Ambiental
Servicio Instalaciones Mecánicas y Eléctricas
Tasa por Estudio. Tasa Anual por Habilitación Transporte de GLP

Título VI
Departamento de Desarrollo Ambiental
Capítulo I
Servicio Instalaciones Mecánicas y Eléctricas
Sección V
Tasa por Estudio. Tasa Anual por Habilitación Transporte de GLP

Por derecho de estudio el solicitante pagará una tasa de presentación por única vez, equivalente al 5% de la capacidad máxima autorizada a transportar al precio de venta al público. Esta tasa no será inferior al costo de venta al público de 15 kilos de GLP.
Por concepto de habilitación por parte del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, el interesado abonará una tasa anual equivalente al precio de venta al público de 15 kilos de GLP.

FuenteObservaciones
art. 8

DEROGADO

Decreto No. 24.622 de 24 de julio de 1990, art.128. Derogado por Decreto No. 31.760 de 25 de junio de 2006, art.19; con la redacción dada por el art. 1 del Decreto No. 31.880 de 20 de noviembre de 2006.


FuenteObservaciones
art. 1
art. 19
art. 128

DEROGADO

Decreto No. 24.622 de 24 de julio de 1990, art.129. Derogado por Decreto No. 31.760 de 25 de junio de 2006, art.19; con la redacción dada por el art.1 del Decreto No. 31.880 de 20 de noviembre de 2006.


FuenteObservaciones
art. 1
art. 19
art. 129

DEROGADO

Este artículo fue derogado por Decreto No. 31.760 de fecha 25/06/06, art.19; con la redacción dada por el art.1 del Decreto No. 31.880 de fecha 20/11/06.


FuenteObservaciones
art. 1
art. 19
art. 1

DEROGADO

Decreto No. 24.622 de 24 de julio de 1990, art.120. Derogado por Decreto No. 31.760 de 25 de junio de 2006, art.19; con la redacción dada por el art.1 del Decreto No. 31.880 de 20 de noviembre de 2006.


FuenteObservaciones
art. 1
art. 19
art. 120