Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Las fuentes de los diversos artículos de los Textos Ordenados están en proceso de revisión

Ante cualquier consulta se puede contactar con el Equipo Técnico Actualización Normativa e Información Jurídica al 1950 1538.

TOTID
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Departamento de Desarrollo Económico
Unidad Gestión Comercial
Feria Periódica. Plaza de la Constitución (Matriz) Peatonal Sarandí

Título VIII
Departamento de Desarrollo Económico
Capítulo I
Unidad Gestión Comercial
Sección VII
Feria Periódica. Plaza de la Constitución (Matriz) Peatonal Sarandí

(Feria periódica. Plaza de la Constitución. (Matriz). Peatonal Sarandí).- Autorizar la regularización de la Feria Periódica que funciona los días sábados en Plaza de la Constitución (Matriz)-Peatonal Sarandí, en las calles Juan Carlos Gómez, Rincón e Ituzaingó, destinada a la venta de antigüedades, libros, artesanías, cuadros y bijutería, la que deberá ajustarse a la normativa dispuesta por Resolución Nro. 3396/97 de 8 de setiembre de 1997.
Encomendar su organización al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 1, en forma coordinada con la División Gestión Comercial y el Servicio Central de Inspección General.

FuenteObservaciones
num. 1

(Precio). Modificar la Resolución Nº 2656/00 de 31 de julio de 2000, fijando, a partir del 1º de octubre de 2000, los siguientes precios, por concepto de uso de espacio publico, para los permisarios de la Feria Periódica que funciona los días sábados en la Plaza de la Constitución (Matriz)-Peatonal Sarandí:
1.50 metros . . . . . . . . . . . . U.R.1/2
2.00 metros . . . . . . . . . . . . U.R.1.25
3.00 metros . . . . . . . . . . . . U.R.1.75

FuenteObservaciones
num. 1

Durante la temporada turística de arribo de cruceros, se fija el pago de 5 (cinco) adhesivos de valor $ 412,00 (pesos uruguayos cuartocientos doce) como adicional al cobro mensual, por concepto de uso de espacio público, que se abonará en un único pago por toda la temporada previo al 11 de octubre de 2018.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 2
num. 2