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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Las fuentes de los diversos artículos de los Textos Ordenados están en proceso de revisión

Ante cualquier consulta se puede contactar con el Equipo Técnico Actualización Normativa e Información Jurídica al 1950 1538.

TOTID
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Departamento de Desarrollo Urbano
Servicio Contralor de la Edificación
Solicitudes de Inspección Técnico Profesional

Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo II
Servicio Contralor de la Edificación
Sección X
Solicitudes de Inspección Técnico Profesional

Por concepto de tasa por las diferentes actuaciones que generan las gestiones que se realizan ante los Servicios de los Departamentos de Desarrollo Urbano y Planificación, se abonarán los siguientes importes:

1) Inspección, expedición de testimonios que no incluyan planos o de certificación por vía separada, presentación de escritos comunes: 138 UI

2) Inspección técnico-profesional: 466 UI

3) Solicitud de nomenclatura y numeración, denuncia que origine inspección técnico-profesional y solicitud unilateral de cese/sustitución de profesional, contratista de obras, empresario o técnico instalador sanitario: 466 UI

4) Solicitud de expedición de testimonios que incluyan planos 466 UI (más el valor de las fotocopias y los metros cuadrados de planos).

FuenteObservaciones
art. 12
art. 61

(Denuncias por particulares por defectos constructivos o sanitarios).- En los casos de presentación de denuncias por particulares por defectos constructivos o sanitarios, la inspección y expedición de testimonios podrá también realizarse a través del Departamento de Descentralización.

FuenteObservaciones
art. 70
Nota:

Ver art.628 Tasa por gestión de particulares