La Intendencia concertará con la Jefatura de Policía de Montevideo, la asignación de tareas inspectivas a personal de esta última acordándole como participación al Instituto Policial el 50% (cincuenta por ciento) de lo recaudado por concepto de multas una vez que éstas sean abonadas, en caso de que dichas multas sean impuestas por la Intendencia, los funcionarios que conduzcan directamente a su aplicación, percibirán el referido porcentaje, cuando las mismas sean recaudadas.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Las fuentes de los diversos artículos de los Textos Ordenados están en proceso de revisión
Ante cualquier consulta se puede contactar con el Equipo Técnico Actualización Normativa e Información Jurídica al 1950 1538.
TOBEFU
Texto Ordenado de Beneficios Funcionales
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
De la Participación en Multas de Funcionarios con Tareas Inspectivas en la Vía Pública.