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Digesto Departamental
Tránsito y Transporte
Del transporte
Reglamentaria
Del servicio público de transporte colectivo de pasajeros
Del transporte urbano de pasajeros
De los boletos
De los alumnos de las escuelas de recuperación psíquica

Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 De los alumnos de las escuelas de recuperación psíquica

La solicitud de carné de libre tránsito para alumnos de las escuelas de recuperación psíquica dependientes, o habilitadas por el Consejo de Educación Primaria, se realizará por las escuelas correspondientes, certificando en cada caso el grado de déficit intelectual que padezca el alumno y su edad, bajo firma de la Dirección de la Institución. Dicha solicitud deberá ser avalada por la Inspección Departamental correspondiente.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 1
art. 2º de la reglamentación.