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Digesto Departamental
Higiene y Asistencia Social
Legislativa
Huevos y derivados.(DEROGADO)
Definiciones. (DEROGADO)

Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título II
Nota:

La mayoría de los artículos contenidos en el Título II fueron derogados por Dto. JDM Nro. 33.493 de fecha 30/08/10, art. 1, con excepción de los siguientes: D. 974 a D. 974.3, D. 1091.1 a D. 1091.8, D. 1467 y D. 1469 a D. 1471.3. Con posterioridad se incorporaron los artículos D.1521.1 a D.1521.6, D.1748.1 a D.1748.45 y D.1774.82 a D.1774.85, los que se hallan vigentes.
Por Res. IM Nro. 4531/10 de fecha 30/09/10, num 1º, se aplica el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y/o reglamentarias que al respecto se establezcan.

Capítulo XV
Huevos y derivados.(DEROGADO)
Sección I
Definiciones. (DEROGADO)

DEROGADO

Huevo. Es el producto generado en el aparato reproductor de la especie aviar Gallus domesticus (gallina). Cuando provenga de otras aves se designará con el nombre de la especie a la que pertenece.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 319

DEROGADO

Huevo fresco. Es aquel que, siendo apto para el consumo humano, no ha sido sometido a ningún procedimiento de conservación con excepción de la climatización del ambiente a temperatura entre 8 y 15ºC y humedad relativa entre 70 y 90%.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 1
art. 320

DEROGADO

Huevo conservado. Es el que ha sufrido un proceso físico o químico con el fin de mantener su aptitud como alimento.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 323

DEROGADO

De acuerdo al proceso de conservación, los huevos conservados se pueden presentar de las siguientes formas:
a) refrigerados
b) refrigerados estabilizados
c) conservados por otros métodos (físicos o químicos).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Huevo refrigerado. Es el que ha sido sometido a la acción del frío, a una temperatura entre 0 y 2ºC y una humedad relativa entre 80 y 90% durante 60 días. Al retiro de la cámara debe realizarse un estudio ovoscópico previa comercialización.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 1
art. 324

DEROGADO

Huevo refrigerado estabilizado. Es el huevo conservado por frío en ambientes gaseosos especiales tales como anhídrido carbónico, nitrógeno u otros gases inertes autorizados, indicándose en la etiqueta o rótulo el sistema o elemento estabilizador empleado.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Huevo líquido. Es el huevo genuino privado de la cáscara en condiciones adecuadas de higiene, que conserva las proporciones naturales de clara y yema mezcladas en forma homogénea. Puede ser adicionado de los aditivos alimentarios autorizados en este reglamento. Debe sufrir un tratamiento de pasterización aprobado y expenderse adecuadamente envasado.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Huevo deshidratado o desecado en polvo o escamas. Es el huevo líquido pasterizado privado de la mayor parte de su humedad.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Se distingue los siguientes productos deshidratados: huevo entero, yema y clara.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1