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Digesto Departamental
Tránsito y Transporte
Del tránsito público
Reglamentaria
De las condiciones reglamentarias de los vehículos
Régimen de limitaciones a la circulación de vehículos de carga en el Departamento de Montevideo
Disposiciones Generales

Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título IV
De las condiciones reglamentarias de los vehículos
Capítulo VI
Régimen de limitaciones a la circulación de vehículos de carga en el Departamento de Montevideo
Sección VI
Disposiciones Generales

Durante el plazo de 2 (dos) años contados a partir de la fecha de aprobación de la presente normativa se contemplarán excepciones especiales a los efectos de una adecuada transición temporal para aquellas situaciones irregulares que razonablemente deberán ser contempladas.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1

Quedarán exceptuados de todas o parte de las disposiciones contenidas en el presente Capítulo en las condiciones que se especifican a continuación, los siguientes vehículos:

- Los vehículos del tipo C12, los cuales no tendrán restricción horaria en la zona A si están afectados a los siguientes transportes:

Mudanzas.

Gas licuado (garrafas).

Materiales de construcción.

Abasto a carnicerías.

Bebidas.

- Los vehículos de transporte de combustible. La exención regirá para vehículos con una capacidad de cisterna inferior o igual a 29000 (veintinueve mil) litros; en caso contrario, regirán las disposiciones de este Capítulo.

- Los vehículos especialmente adaptados para el transporte de hormigón preparado.

- Los vehículos-grúa de auxilio.

- Los vehículos de bomberos.

- Los vehículos afectados al transporte de ganado en pie que circulen en fin de semana, o en días hábiles fuera del horario comprendido entre las 11 y las 20 horas.

Nota:El plazo de dos años durante el cual regirá la presente disposición comienza a contarse a partir del 22/06/09.

Vigencia: hasta 22/06/11.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1

Hasta tanto no esté inaugurado el Colector Perimetral, la División Tránsito y Transporte flexibilizará la fiscalización del tránsito de los vehículos de carga en las áreas cercanas a la mencionada vía de tránsito, teniendo en cuenta las variantes circulatorias que surjan debido a los avances en la construcción de la misma y a los desvíos de tránsito que fueran necesarios establecer por razones de contingencia en el avance de la obra.

FuenteObservaciones
num. 1
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