El ingreso a cualquiera de los Subescalafones del Escalafón de Conducción se realizará siempre por los niveles de carrera más bajos.
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De la relación funcional
Del estatuto del funcionario
Del sistema integrado de carreras y remuneraciones (SIR)
Requisito para el ingreso a los escalafones
Los ingresos a los cargos de las Carreras Jefe 1 (J1), Jefe 2 (J2) y Jefe 3 (J3) de Jefatura del Escalafón Obrero, se proveerán mediante concurso interno de oposición y méritos, entre aquellos funcionarios que revistan en los Subescalafones Auxiliar (01), Oficial Práctico (02), Oficial (03), Oficial Especializado (03-1) y Técnico (04) del Escalafón Obrero, en sus niveles de carrera I, II o III; Especialista Profesional Técnico (E2) para aquellas carreras que se determinen en la Reglamentación, en sus Niveles de Carrera I, II o III siempre que la carrera en que revistan se ajuste al perfil del cargo que se concursa, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Volumen.
Fuente | Observaciones | |
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art. 35 | ||
art. 1 |