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Digesto Departamental
Planeamiento de la Edificación.
Del Planeamiento de la Edificación
Reglamentaria
Obras sanitarias
De las Piscinas

Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

    


Libro XVI
Del Planeamiento de la Edificación
Parte Reglamentaria
Título V
Obras sanitarias
Capítulo V.VII
De las Piscinas

(Alcance). La presente reglamentación contemplará en general, a las piscinas de uso particular y las de uso público, con exclusión de estanques y piscinas domésticas, fijas o desmontables, con capacidad menor a 10 m3.
Los aspectos constructivos de las piscinas y de salubridad de su uso, deberán ajustarse a las normas vigentes en la materia.
Las piscinas, fuentes, estanques y similares, independientemente de su capacidad y ubicación respecto al nivel 0.00 del predio, deben siempre distar como mínimo 1 (un) metro del eje de las divisiones y medianeras.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 27

(Documentación). En todo proyecto de instalación de piscinas, comprendido en el artículo precedente, deberá presentarse, incorporado a los planos de instalación sanitaria, esquema gráfico en que se contemple:
a) Declaración de fuente de abastecimiento de agua potable.
b) Declaración de disposición final de los desagües (total y parcial).
c) Graficación esquemática del circuito de filtrado y equipo de bombeo, desagües y conexiones, punto de abastecimiento de agua potable y caudal de desagüe.
d) Volumen útil de la piscina, figura y área del espejo de agua.

FuenteObservaciones
num. 27

(Suministro y conexión de agua potable). El suministro de agua se realizará desde la red pública de abastecimiento, o desde otra fuente de agua que asegure condiciones de potabilidad para tal uso.
En todos los casos el suministro de agua, no podrá estar conectado rígida ni directamente a la piscina.

FuenteObservaciones
num. 27

(Desagües: definiciones aplicadas). Se define como “desagüe total”, al vaciado por completo del volumen de la piscina.
Se define como “desagüe parcial”, al desagote de una parte del volumen de la piscina, ya sea para el lavado de filtros u otras tareas de operación y mantenimiento de la calidad del agua.

FuenteObservaciones
num. 27

(Disposición final de los desagües). Para la disposición final de los desagües de las piscinas se distinguirán, "zonas servidas por alcantarillado público" y "zonas sin alcantarillado público”.
En zonas servidas con alcantarillado público, con excepción de “sistemas de efluentes decantados”, el desagüe general (total o parcial) se realizará al mismo siempre y cuando el operador de la red autorice dicho tipo de conexión y caudal de desagüe. En caso de no otorgarse ésta autorización, se deberá proceder conforme a lo establecido en el párrafo siguiente.
En zonas no servidas con alcantarillado público, el desagüe total de las piscinas se realizará exclusivamente por medio de vehículos cisternas. El desagüe parcial se realizará a través de infiltración al terreno o riego, o depósito sanitario en zonas sin saneamiento.
En cualquier circunstancia queda expresamente prohibido todo tipo de vertimiento de desagües de piscinas hacia la vía pública.

FuenteObservaciones
num. 27

(Conexión de los desagües). Cuando el desagüe y vaciado de la piscina se realice al sistema de alcantarillado o depósito impermeable, el mismo no podrá conectarse directa ni rígidamente a la instalación sanitaria interna de la red, debiéndose interponer una trampa de aire entre la descarga de la piscina y la boca de desagüe de la instalación interna.

FuenteObservaciones
num. 27