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Digesto Departamental
Higiene y Asistencia Social
Legislativa
Frutas, Hortalizas y Derivados. (DEROGADO)
Conservas vegetales.
Conservas de tomate. Definiciones para conservas de tomate (DEROGADO)

Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título II
Nota:

La mayoría de los artículos contenidos en el Título II fueron derogados por Dto. JDM Nro. 33.493 de fecha 30/08/10, art. 1, con excepción de los siguientes: D. 974 a D. 974.3, D. 1091.1 a D. 1091.8, D. 1467 y D. 1469 a D. 1471.3. Con posterioridad se incorporaron los artículos D.1521.1 a D.1521.6, D.1748.1 a D.1748.45 y D.1774.82 a D.1774.85, los que se hallan vigentes.
Por Res. IM Nro. 4531/10 de fecha 30/09/10, num 1º, se aplica el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y/o reglamentarias que al respecto se establezcan.

Capítulo XX
Frutas, Hortalizas y Derivados. (DEROGADO)
Sección IV
Conservas vegetales.
 Conservas de tomate. Definiciones para conservas de tomate (DEROGADO)

DEROGADO

Con la denominación genérica de conservas de tomate se entiende los diversos productos elaborados con los frutos maduros, sanos, limpios y libres de todas las partes no comestibles, del Lycopersicum esculentum P. Miller, variedades rojas y rojizas, envasados herméticamente y esterilizados.
Se distinguen las siguientes conservas:
a) jugo de tomate;
b) tomates enteros al natural;
c) tomates al natural en trozos;
d) tomates al natural en cubos o cubeteados;
e) tomate tamizado;
f) concentrado de tomate.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 8
art. 520 inc. 1

DEROGADO

A los efectos de este título, se entiende por sólidos solubles naturales la lectura refractométrica realizada a 20ºC en el suero claro, obtenido del producto de tomate, expresada como porcentaje de sacarosa, y corregida como se indica a continuación.
A los efectos del cálculo de los sólidos solubles naturales, se aplicará la siguiente fórmula:% sólidos solubles naturales = lectura refractométrica a 20ºC - % total de sal - % azúcares agregados.
A su vez el % de azúcares agregados se obtiene descontando al % de azúcares totales los azúcares propios del tomate, según lo indicado en la siguiente tabla:
Derivado de tomate                                          Cantidad a descontar en %
Pulpa de tomate                                                  2.5
Puré de tomate                                                   5.0
Extracto simple de Tomate                                 8.0
Extracto doble de tomate                                   15.0
Extracto triple de tomate                                    19.0

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Jugo de tomate. Es el jugo extraído de tomates maduros de variedades rojas, pasado por tamiz de 0.7 mm., libre de semillas, piel y otras partes no comestibles adicionado o no de sal (hasta 2%) y edulcorantes nutritivos. Se designa de igual forma el producto obtenido por reconstitución a partir del jugo concentrado.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 8
art. 529 inc. 1

DEROGADO

Tomates enteros al natural. Son los fruts enteros de textura consistente y en erfecto estado de madurez, lavados y pelados, adicionados o no de sal y edulcorantes nutritivos, envasados herméticamente y esterilizados en su propio jugo.   

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 8
art. 521 inc. 1

DEROGADO

Tomate al natural en trozos. Es el preparado a que se refiere el artículo anterior, cuando los frutos han sido cortados en trozos no menores a tres (3) cm. en su medida menor.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 8
art. 522 inc. 1

DEROGADO

Tomate al natural en cubos o cubeteado. Es el preparado de la misma forma del anterior, pero en el que los frutos han sido cortados en trozos no menores de 1.5 cm. en su medida mayor.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Tomate tamizado o pulpa de tomates tamizada. Es el producto elaborado por trituración mécanica de tomate con eliminación de piel y semillas por pasaje a través de una malla no mayor a 0.7 mm. de luz.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Con la denominación genérica de concentrados de tomates se designan a los productos elaborados por concentración del jugo y pulpa de tomates, que han sido pasados por una malla no mayor a 0.7 mm. de luz a fin de eliminar semillas, piel y otros.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 8
art. 524

DEROGADO

Pulpa de tomate concentrada o pulpa de tomate tamizada concentrada. Es el producto elaborado en las condiciones indicadas en el artículo D.1751.18, el que además deberá tener un porcentaje de sólidos solubles naturales comprendido entre 7 y 10%.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 8
art. 525

DEROGADO

Puré de tomates. Es el concentrado que cumple las exigencias previstas en el artículo D.1751.18. y que tiene un porcentaje de sólidos solubles naturales no inferior a 9.5%.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 8
art. 526

DEROGADO

Extracto simple de tomate. Es el concentrado que cumple las exigencias del artículo D.1751.18, a excepción del porcentaje de sólidos solubles naturales que no podrá ser inferior a 15%.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 8
art. 527

DEROGADO

Extracto doble y extracto triple de tomates. Son los concentrados cuyos sólidos solubles naturales no son inferiores al 27 y 34% respectivamente.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 8
art. 528