Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Relación Funcional
De la relación funcional
Reglamentaria
Del medio de identificación para funcionarios/as con tareas externas
Documento de identificación para inspectores/as y funcionarios/as que desempeñan tareas externas

Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res. IM Nº 0274/25, en su numeral, se establece:
1º-. Prorrogar a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025, el régimen de trabajo aprobado por Resolución Nº 0441/23 de fecha 19/01/2023, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 0973/24 de fecha 27/02/2024 con las modificaciones aprobadas oportunamente.

Por Res. IM Nº 4716/24 de 6/11/2024 se aprobó el texto del Convenio entre esta Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), estableciendo en su cláusula segunda un régimen especial de jornadas de trabajo aplicable al personal perteneciente al escalafón obrero y jefaturas obreras del Servicio Mantenimiento Vial que se adhiera, por un plazo de 1 (un) año, sin perjuicio de la realización de una instancia de seguimiento cumplidos los 6 (seis) meses.

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 0973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo III.1
Del medio de identificación para funcionarios/as con tareas externas
Sección II
Documento de identificación para inspectores/as y funcionarios/as que desempeñan tareas externas

Todos/as los/as funcionarios/as presupuestados/as y contratado/as pertenecientes a carreras y unidades habilitadas para realizar tareas externas, deberán utilizar los medios de identificación laboral expedidos por la Administración y de acuerdo a los modelos propuestos por el Servicio Administración de Gestión Humana.

Los medios de identificación laboral tendrán las siguientes características:

a) Se deberá incluir de forma obligatoria en el medio de identificación:
- Foto actual;
- Nombre y Apellido;
- Cédula de identidad;
- Carrera en la que reviste;
- Tipo de función que habilita a desempeñar tareas externas;
- Numero de expediente por el que se tramitó;
- Vencimiento en plazo de 5 (cinco) años;
- Firma del Director del Servicio de Administración de Gestión Humana o su subrogante.
El Servicio de Administración de Gestión Humana, podrá incorporar en cualquier momento, otros elementos a los medios de identificación para aumentar su seguridad (como ser un código QR o una marca de agua, etc).
En el caso de funcionarios/as inspectores que revistan en el Escalafón Profesional y Científico, contendrá además la denominación de su carrera (por ejemplo: tratándose de arquitectos, la leyenda dirá: "Inspector/a Arquitecto/a" o "Arquitecto/a Inspector/a" indistintamente).

b) Espectáculos Públicos: En el caso de inspectores de Espectáculos Públicos, debajo de la leyenda de Inspector/a contendrá otra que dirá: "Espectáculos Públicos". Por encima , en forma claramente impresa, las inscripciones "INTENDENCIA DE MONTEVIDEO": Gestión Humana y Recursos Materiales".

c) Tareas Externas: Tendrán las mismas características del formato con la modificación de la descripción que aparecerá con el color institucional, la cuál contendrá la denominación "Funcionario/a", debajo de la cual se incluirá la descripción "Tareas Externas".

d) Fiscalización Bromatológica: En el caso de funcionarios/as del Servicio de Regulación Alimentaria debajo de la leyenda de Funcionario/a contendrá otra que dirá: "FISCALIZACIÓN BROMATOLÓGICA".

La solicitud de confección, renovación y/o reimpresión del medio identificatorio se realizará vía expediente electrónico originado en la unidad habilitada a asignar tareas externas, el que será remitido al Servicio de Administración de Gestión Humana que previo a la confección solicitará, por el mismo expediente, la autorización a las Direcciones del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales y del Departamento de Secretaria General.

El costo de la confección del medio de identificación deberá ser absorbido por la Unidad o Servicio solicitante.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 1
num. 1
Incorpora el carné identificador de Inspector/a de Espectáculos Públicos.
num. 2
num. 1
num. 1
num. 1

El Departamento de Secretaría General remitirá el modelo de medio de identificación que se confeccione, al Ministerio del Interior y a los demás organismos que corresponda, a efectos de hacer conocer a sus dependencias, la documentación que identifica a funcionarios y funcionarias con tareas externas de esta Intendencia o los Municipios.

FuenteObservaciones
num. 3
num. 2
num. 6

El formato aprobado podrá ser extendido para identificar a funcionarios/as de otros escalafones, cuando así lo disponga el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales

FuenteObservaciones
num. 4
num. 3
num. 7

Todas las dependencias que tengan necesidad de otorgar documentos identificatorios a funcionarios con tareas externas, deberán dirigirse al Servicio Administración de Gestión Humana, única dependencia habilitada a emitir el medio identificatorio institucional, no reconociéndose ningún otro con este valor.

Será responsabilidad de las Direcciones de las Unidades y Servicios que tengan funcionarios/as que estén cumpliendo efectivamente tareas externas, el solicitar los medios de identificación físicos al Servicio de Administración de Gestión Humana y el retiro de los mismos cuando no se desempeñe más la función de forma temporal o permanente. Las identificaciones físicas retiradas de forma permanente serán enviadas al Servicio Administración de Gestión Humana para su desafectación.

Será responsabilidad del Servicio de Administración de Gestión Humana el control de los datos funcionales y personales de las/os funcionarios/as a los que se les otorga el medio de identificación y el control de inventario de las identificaciones físicas.

Es obligación del funcionario/a que porte un medio de identificación físico de tareas externas el cuidarlo y mantenerlo en condiciones y será su responsabilidad evitar su pérdida, extravío o robo. En caso que alguna de estas situaciones suceda, estará obligado a denunciar la situación de inmediato a la superioridad.

FuenteObservaciones
num. 5
num. 4
num. 3
num. 4