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Digesto Departamental
Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Reconocimientos Honoríficos
Tipología, requisitos materiales y procedimentales para otorgar concesiones honoríficas

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título VIII
Reconocimientos Honoríficos
Capítulo I
Tipología, requisitos materiales y procedimentales para otorgar concesiones honoríficas

Formas de reconocimiento.

La Intendencia de Montevideo instituye las siguientes formas de reconocimiento:

- Entrega de la Llave de la Ciudad de Montevideo

- Ciudadano Ilustre de la Ciudad de Montevideo

- Huésped de honor de la Ciudad de Montevideo.

- “Premio Montevideo” como reconocimiento a personas destacadas de la ciudadanía montevideana.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 1º de la reglamentación.
num. 1
art. 1º de la reglamentación.

Competencia

- La llave de la Ciudad de Montevideo será entregada por el Intendente de Montevideo a Jefes y Jefas de Estado y/o de Gobierno que visiten la ciudad.

- Ciudadanía Ilustre es la distinción reservada para premiar méritos de extraordinaria singularidad a personas de nacionalidad uruguaya de destacada trayectoria local e internacional, o extranjeras con fuertes vínculos con nuestro país. Se otorgará a personas que por sus méritos sean acreedoras de reconocimiento público, especialmente por sus servicios en beneficio de la comunidad en los campos de la ciencia, de las letras, de la investigación científica, de la docencia, de la creación artística, del deporte, así como en el terreno social y humanitario.

- Visitante Ilustre es la distinción reservada para personas extranjeras que visiten Montevideo y posean notorio prestigio y reconocimiento internacional en el campo de la cultura, las artes, las ciencias, los deportes, y en el terreno social y humanitario. Asimismo esta distinción aplicará a las autoridades políticas de otros Estados y de organismos internacionales con igual o mayor rango al del Intendente de Montevideo.

- Huésped de Honor de la Ciudad de Montevideo será una distinción reservada para aquellas personas extranjeras que se hayan destacado por su labor en el terreno cultural, artístico, científico, deportivo, social y humanitario; así como también para las autoridades de otros Estados o entidades internacionales con menor rango que el de Intendente.

- El Premio Montevideo, será una distinción destinada a premiar a aquellos ciudadanos y ciudadanas que por la relevancia de sus acciones y trayectoria en el terreno cultural, artístico, científico, deportivo, social y humanitario, hayan realizado aportes a la comunidad de Montevideo, ya sea en forma individual o colectiva.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 2º de la reglamentación.
num. 1
art. 2º de la reglamentación.

Contenido y requisitos de la Propuesta para Ciudadanía Ilustre, Visitante Ilustre, Huésped de Honor y Premio Montevideo:

Cada propuesta deberá sin exclusiones:

a) Ser acompañada necesariamente de un currículum vitae completo de la o las personas propuestas para el reconocimiento.

b) Expresar con todo detalle las razones en las que se fundamenta la petición.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 3º de la reglamentación.
num. 1
art. 3º de la reglamentación.

Iniciativa y evaluación de la Propuesta:

La propuesta será por propia iniciativa del Ejecutivo Departamental de Montevideo o por el Deliberativo Departamental o por ambos conjuntamente, por iniciativa de los gobiernos municipales de Montevideo, a instancia de entidades culturales, científicas o sociales debidamente acreditadas y con representatividad reconocida en nuestro medio, o por iniciativa de grupos de vecinos y vecinas de Montevideo que eleven la propuesta mediante junta de firmas, para la consideración del Ejecutivo Departamental.-

La Ventanilla de ingreso de las propuestas en la Intendencia de Montevideo será el Departamento de Secretaría General. Dichas propuestas serán ingresadas si cumplen con los requisitos establecidos en el Artículo 792, y de acuerdo a sus características serán derivadas vía expediente electrónico a las diversas áreas competentes para la evaluación de ellas (Cultura, Desarrollo Urbano, Desarrollo Social, Deportes, etc.) dejando establecido que todas aquellas relacionadas a Visitantes ilustres y Huéspedes de honor deberán ser consideradas por la División Relaciones Internacionales y Cooperación, y que tanto estas como las de Ciudadanía Ilustre y Premio Montevideo deberán ser analizadas por la División Asesoría para la Igualdad de Género, a los efectos de contemplar y evaluar en forma anual que los reconocimientos definidos contemplen la paridad de género.

Asimismo, al momento de evaluar las propuestas, cada área contemplará que las personas reconocidas hayan desarrollado su actividad en el marco del respeto a los Derechos Humanos.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 4º de la reglamentación.
num. 1
art. 4º de la reglamentación.

Ceremonia de entrega y plazos.

La aprobación de la distinción implica la realización de la correspondiente Ceremonia de distinción, la que será oportunamente coordinada desde el Servicio de Relaciones Públicas.

Las diferentes distinciones serán entregadas por el Intendente de Montevideo o quien este designe para representarlo (Secretario General o las respectivas Direcciones Generales).

En caso que la iniciativa provenga del Deliberativo Departamental o de los Gobiernos Municipales, la Ceremonia se realizará en acuerdo con las autoridades pertinentes.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 5º de la reglamentación.

Sello Montevideo Más Verde. El sello "Montevideo Más Verde" puede ser otorgado a organizaciones de diversa naturaleza y a personas físicas que colaboren activamente con las políticas ambientales de la Institución. Se hará mediante convocatorias periódicas habilitadas por la Intendencia de Montevideo donde se detallarán las condiciones de postulación.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

Son cometidos de la comisión administradora dar apertura a las convocatorias que la Intendencia de Montevideo defina pertinentes, recibir las postulaciones, evaluar las mismas, otorgar el sello y dar seguimiento en el tiempo a las organizaciones que lo reciban. La Comisión Administradora del Sello "Montevideo Más Verde" elabora en cada caso las condiciones para acceder al mismo de acuerdo a las características del llamado.

FuenteObservaciones
num. 3

El Sello como distintivo, debe ser renovado anualmente por parte de las organizaciones que lo ostentan, las cuales deben demostrar que mantienen y/o han profundizado las acciones o programas que por los cuales lo recibieron.

FuenteObservaciones
num. 4

Premio Estela García. Créase el premio "Estela García", dirigido a mujeres sin distinción por identidad de género, con los siguientes objetivos:


a) Reconocer y visualizar el aporte de las mujeres en la participación social y política a nivel territorial;


b) Fomentar la participación activa de las mujeres en los espacios barriales y de cercanía como actoras
necesarias en la construcción de la historia e identidad local y de la sociedad toda.

FuenteObservaciones
num. 1