La reglamentación podrá requerir, para el control correspondiente del uso de los espacios públicos, la obligación de contar con tecnología que permita el seguimiento georreferenciado.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
De los espacios públicos y de acceso al público
Legislativa
De los paseos Públicos
De las actividades en espacios públicos y de acceso al público
De los móviles de preparación, servicio y venta de alimentos en eventos privados y espacios públicos
De la reglamentación
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I
De los paseos Públicos
De los paseos Públicos
Capítulo II
De las actividades en espacios públicos y de acceso al público
De las actividades en espacios públicos y de acceso al público
Sección I.I
De los móviles de preparación, servicio y venta de alimentos en eventos privados y espacios públicos
De los móviles de preparación, servicio y venta de alimentos en eventos privados y espacios públicos
De la reglamentación
La venta o expedición de alcohol estará supeditada únicamente a los eventos privados en espacios privados y en eventos privados en espacios públicos, a las pautas objetivas y controles que indique la reglamentación. Queda absolutamente prohibida para todo permiso amparada en el D.2268.12.
Fuente | Observaciones | |
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art. 19 |