Autorizar el pago de un viático del 10% (diez por ciento) del sueldo base, a los/as funcionarios/as del Escalafón Obrero que se desempeñan como Distribuidores/as en el Servicio de Gestión Integrada de Cobro, a partir del 1º de diciembre de 2023 y mientras cumplan dichas tareas en el referido Servicio Fuentes.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Las fuentes de los diversos artículos de los Textos Ordenados están en proceso de revisión
Ante cualquier consulta se puede contactar con el Equipo Técnico Actualización Normativa e Información Jurídica al 1950 1538.
TOBEFU
Texto Ordenado de Beneficios Funcionales
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
De los Viáticos
IX. De los/las funcionarios/as del Escalafón Obrero que se desempeñan como Distribuidores/as en el Servicio de Gestión Integrada de Cobro
Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo X
De los Viáticos
De los Viáticos
IX. De los/las funcionarios/as del Escalafón Obrero que se desempeñan como Distribuidores/as en el Servicio de Gestión Integrada de Cobro

