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Digesto

D.934

Alimento apto para el consumo. Sólo se considera como tales a los alimentos genuinos de consumo corriente y a los alimentos modificados genuinos.

D.932

Sustancias residuales biológicas.

D.930

Alimento envasado. Es todo alimento que está contenido en un envase listo para ofrecerlo al consumidor.

D.933

Alimento modificado. Es aquel alimento cuyo contenido en uno o más nutrimentos ha sido especialmente regulado.

D.926

Alimento adulterado.

D.927

Alimento contaminado. Es el alimento que contiene contaminantes en cantidades superiores a las máximas admitidas por las disposiciones en vigencia o cuyo contenido microbiano supera los límites establecidos en este título.

D.928

Alimento alterado. Es el alimento que ha sufrido averías, deterioros, envejecimiento o modificaciones en su composición intrínseca por la acción de humedad, temperatura, aire, radiaciones, enzimas, microorganismos o parásitos, aún cuando se mantenga inocuo.

D.921

Alimento de consumo directo. Es el alimento que llega al consumidor final en condiciones de ser ingerido directamente.

D.925

Alimento falsificado.

D.922

Producto genuino. Es el que se ajusta a todas las especificaciones establecidas por las disposiciones en vigencia. Se incluye en esta denominación: alimentos, ingredientes, productos y materiales alimentarios.

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