En coincidencia con la exigencia del carné de salud a los conductores profesionales, de acuerdo a la normativa aplicable a la materia, y por lo tanto, toda certificación de aptitud para conducir en categoría profesional se debe acompañar siempre con el carné de salud correspondiente.
Digesto
R.424.156.17
La actividad de las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos deberá estar garantizada y controlada a través de un Ingeniero Industrial asignado a tales efectos por la empresa operadora.
R.424.100.3
Se establece la preferencia de paso de la calle Constituyente sobre Juan D. Jackson y Eduardo Acevedo, mediante símbolos de "PARE" en estas dos últimas.
R.424.98.4
La contratación del servicio será por un mínimo de 2 horas.
R.424.110.3
(Actualización de la Información).
R.424.111.3
La División Vialidad dispondrá la realización de los rebajes de cordón en los estacionamientos señalados.
R.424.86.14
Las infracciones a las disposiciones establecidas en el presente título se sancionarán según lo indicado en este capítulo sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales emergentes.
R.424.79.4
Se admitirán láminas de control solar en vidrios laterales de conductor y acompañante hasta una graduación máxima de humo 23.
R.424.76
Silenciador. Todo motor térmico de propulsión de un automóvil, deberá estar provisto de un eficaz dispositivo silenciador del escape; este dispositivo deberá ser tal que no pueda ser desconectado por el conductor.
R.424.42.8.4
Las casas automotoras que aspiren a ser beneficiarias de placas de demostración deberán reunir las siguientes condiciones:
A) Personas físicas
a) Ser hábiles para contratar;
