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Digesto

D.2410

El permisario deberá mantener en perfectas condiciones de higiene, seguridad y conservación, los carteles o anuncios de propaganda y el predio donde se encuentren instalados; y responderá por los daños y perjuicios que se ocasionen a terceros, como consecuencia de accidentes originados en instala

R.1290

En todos los casos, la Administración se reserva el derecho de no autorizar la colocación de determinada propaganda, siempre que haya razones fundadas para ello.

R.1195

En los casos de transferencia de quioscos fijos instalados en la vía pública no existirá ningún tipo de preferencia, quedando aquella librada a los acuerdos que las partes convengan en cada caso, sin perjuicio del correcto cumplimiento por el nuevo permisario de lo dispuesto en esta Sección

R.1288.37

Tipo 3: La autorización para la instalación de mesas y sillas utilizando acera y calzada, se otorgará si se cumplen las siguientes condiciones:

a) Las aceras deberán tener un ancho igual o superior a 2 metros.

R.1279

Podrán emplazar en la zona que se les asigne para actuar y en el lugar que indique el Servicio de Inspección General, una carpa que reunirá las condiciones reglamentarias, no mayor de 2m. 50 por 2m.

R.1225

Las irregularidades no previstas en la presente Sección serán consideradas por la Comisión Especial Ejecutiva para la Prevención de Enfermedades Transmisibles.

R.1198

Los permisos tendrán carácter individual y solo podrán ser otorgados a personas físicas. Cada permisario podrá disponer de un solo permiso de explotación.

R.1172

El Departamento de Acondicionamiento Urbano tendrá la atribución de dictar resoluciones definitivas en lo concerniente a extracción de árboles en el orden edilicio.

R.1175.2

Los Servicios Centros Comunales Zonales, a pedido de los interesados, expedirán la autorización correspondiente en cada caso, sujeta a los requisitos que el Ingeniero Agrónomo perteneciente a la Sección Arbolado de la Unidad Areas Verdes asignado a cada Servicio Centro Comunal Zonal, estime

R.1171.93

Los permisarios están obligados a permitir en todo momento la intervención de funcionarios de los Servicios Central de Inspección General, Salubridad Pública, Regulación Alimentaria y demás dependencias de la Intendencia o nacionales para el contralor del estricto cumplimiento de las dispos

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