Back to top

Digesto

R.523.85.1

Los titulares o representantes de las plataformas electrónicas deberán remitir a la Intendencia de Montevideo a través del canal actual de comunicación, entre el primer y el décimo día de cada mes los siguientes datos, correspondientes al mes anterior:

A.37.3

La Administración deberá, cuando se tramite la determinación tributaria por expediente administrativo, declarar de oficio la prescripción del derecho al cobro de los tributos y sus sanciones por mora, siempre que se configuren los supuestos previstos por el artículo 19° del

D.108.2

Extensiones horarias Profesionales. Facultar a la Intendencia a ampliar hasta la cantidad de sesenta (60) nuevos cupos el número de funcionarios profesionales universitarios del Escalafón Profesional y Científico a los que se les puede conceder extensión horaria hasta  8 (oc

D.556.3

Expedición de licencias de conductor a personas hipoacúsicas. A efectos de contemplar la accesibilidad y la inclusión se prevé la incorporación de un intérprete para la realización del examen teórico si fuese necesario.

Páginas

Suscribirse a Digesto