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Digesto

D.2173.2

La prohibición prevista en el artículo anterior comprende tareas como desmalezamiento o desecación en los espacios verdes de uso público (plazas, jardines, parques, canteros, arbolado en calles, canchas deportivas, ramblas, veredas, cementerios, etc.) y otras similares o relacionadas.

D.2173.1

Facultar a la Intendencia de Montevideo a prohibir la aplicación de forma habitual de glifosato y demás plaguicidas y herbicidas sintéticos en las tareas relativas al arbolado y mantenimiento de los espacios verdes de uso público que desarrollen la Intendencia y los Municipios dentro de sus compe

R.424.107.2

Se establece una tolerancia de cinco minutos para que los/as usuarios/as puedan adquirir tiempo en la zona de estacionamiento tarifado, mediante el ticket correspondiente, sea en formato papel o electrónico.

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