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Digesto
R.1476
En la inscripción en el registro se deberá dejar constancia expresa si el donante desea que se le haga velatorio y que su cuerpo sea trasladado al cementerio donde quedará depositado, previamente a ser llevado a la Facultad de Medicina.
R.1448.1
La identificación de cuerpos de personas fallecidas, a partir de la acreditación de la defunción, se realizará mediante la colocación de un precinto de metal en el puño o tobillo del difunto, a efectos de grabar su nombre y documento de identidad.
