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Digesto

D.2482

Tratándose de personas fallecidas de enfermedades no infecciosas, la Intendencia concederá la autorización en forma automática, para el ingreso de cadáveres o restos cadavéricos.

R.1332.6

 

 

 

D.2439

Dichas adjudicaciones se efectuarán en la forma que establezca la reglamentación.

R.1339

Vencidos los plazos acordados precedentemente, si los restos no hubieran sido reclamados, serán vertidos en el Osario General caducando todos los derechos que pudieran pertenecer a los interesados.

D.2492

Los plazos establecidos precedentemente podrán reducirse a la mitad cuando se proceda a la cremación en forma inmediata.

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