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Digesto

R.1598

Escrituración. El Servicio de Escribanía, con carácter general, procederá a escriturar aquellos bienes que hubieren sido expropiados total o parcialmente y que pasaren definitivamente al dominio público, sin quedar sobrantes de los mismos, toda vez que exista asentimiento d

R.1597.1

En las expropiaciones en que medie aceptación condicional por los particulares, el trámite tendrá carácter preferencial y de urgencia, extremo que se señalará con un rótulo especial en la cubierta del expediente respectivo, a fin de que los antecedentes estén en condiciones de ser remitidos

R.1597

Tramitación de expedientes de expropiación. La tramitación de expedientes de expropiación se ajustará a las siguientes normas:

R.1596

Una vez promovido el juicio de expropiación con o sin toma urgente de posesión, la definición del monto indemnizatorio deberá ser la que fije el fallo jurisdiccional, no admitiéndose la alteración por retasación ante gestión del interesado propietario, del precio fijado por la tasación de l

R.1592

Comisión de Tasaciones. La "Comisión de Tasaciones", tendrá el cometido de asesorar al Departamento Ejecutivo cuales son las condiciones del advenimiento, que podrían ofrecerse a los propietarios de predios a expropiarse, que no hubiesen aceptado las tasaciones aprobada

R.1591

En el caso de actualizarse los valores del saldo pendiente de pago en una expropiación, por aplicación del mecanismo del art.

R.1590

En los casos en que el trámite se retardare por causa imputable al particular expropiado, se deducirá del valor que la Unidad Indexada tuviere al día anterior a la escrituración, el porcentaje de aumento que tuvo en el lapso de retardo indicado.

R.1589

La compensación que en definitiva se abone al expropiado, se calculará convirtiendo en moneda nacional las Unidades Indexadas fijadas en la tasación, según el valor de la Unidad al día anterior a la escrituración.

R.1588

Fijación del monto de la expropiación en Unidades Indexadas. El monto que deba fijarse por la expropiación de inmuebles, por concepto de justa compensación, se realizará en Unidades Indexadas, según el valor de la Unidad a la fecha de la tasación.

R.1585

Inventario. Los técnicos tasadores al efectuar la estimación de los bienes a expropiarse, deberán formular un minucioso inventario de la propiedad, consignando el estado de los locales e instalaciones de todo género incluídos en la tasación y que pasarán al dominio de la Administ

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