Cuñas Verdes.- Las cuñas verdes se conciben como paisajes de alta naturalidad asociadas a los cursos de agua que ingresan en la ciudad.
Digesto
D.183
La transformación de un suelo incluido dentro de una categoría en otra, sólo será posible existiendo Atributo de Potencialmente Transformable a su respecto.
D.182
Establecer como categorías de suelo departamental, las de Suelo Categoría Rural, Suelo Categoría Suburbana y Suelo Categoría Urbana.
D.214
Interfase Urbano-Rural.- Comprende el borde urbano de la ciudad, en un espesor que incluye áreas urbanas, suburbanas y rurales, grandes infraestructuras, emprendimientos logísticos e industriales, asentamientos irregulares, centralidades periféricas y áreas de valor natura
D.181
El suelo se categoriza y subcategoriza teniendo en cuenta sus características esenciales, apuntando hacia el proyecto departamental de territorio, en tanto sus delimitaciones constituyen la base del estatuto urbanístico-territorial del suelo, dando la medida de los derechos y deberes territoriale
D.213
Frente Costero Montevideano Comprende el borde de la ciudad y el territorio montevideano sobre el Río de la Plata en toda su extensión. Constituye un territorio de frontera, con fuerte vocación de espacio público recreativo, a la vez que de gran fortaleza paisajística.
D.212
Establecer como territorios estructurantes del ámbito departamental, a los fines estratégicos vinculados a los objetivos y lineamientos propuestos en las presentes Directrices de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, los siguientes:
1) Frente Costero Montevideano
D.211
Definir el territorio metropolitano como el marco estratégico real que contextualiza las Directrices Departamentales.
D.210
Atributo de Potencialmente Transformable Tipo D - Suelo Suburbano no Habitacional a Suelo Suburbano no Habitacional Intensivo. Se adjudica este APT a sectores de Suelo Suburbano no Habitacional que por su ubicación privilegiada en cuanto a conectividad, en particular asociad
D.209
Atributo de Potencialmente Transformable Tipo C – Suelo Rural a Suelo Suburbano Habitacional.-
