Digesto
R.1288.49
Objetivo. El presente Capítulo tiene por objeto la regulación de las condiciones a las que deben someterse todas aquellas infraestructuras de telecomunicaciones existentes o a implantarse, incluidas en el Capítulo IV “E
R.1288.62
Todos los aspectos técnicos que no se encuentren comprendidos en el presente Capítulo o que requieran una actualización, serán resueltos por la Intendencia fundamentado en un informe técnico.
R.1288.62
Todos los aspectos técnicos que no se encuentren comprendidos en la presente Reglamentación o que requieran una actualización, serán resueltos por la Intendencia fundamentado en un informe técnico.
R.1288.62
Todos los aspectos técnicos que no se encuentren comprendidos en la presente Reglamentación o que requieran una actualización, serán resueltos por la Intendencia fundamentado en un informe técnico.
R.1288.61
Monto de las sanciones.- Cuando se constaten situaciones que no cumplan con lo establecido en esta normativa, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones correspondientes –las que serán en Unidades Indexadas- de acuerdo al régimen punitivo que se detalla a cont
