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Digesto

R.159.20

La decisión final se adoptará siempre por resolución del/la Intendente/a, quien en caso de configurarse la conducta de acoso sexual laboral, acoso, violencia o discriminación en el ámbito laboral o en la relación docente-estudiante, incluidas aquellas por razón de género, dispondrá la sanción a a

R.159.19

Evacuada la vista o vencido el término correspondiente, se elevarán a consideración de la Dirección de la División Asesoría Jurídica las conclusiones del informe precedente y la sugerencia de sanciones o medidas a aplicar.

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