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Digesto

D.4423

Todo instalador sanitario que desacate de palabra o de hecho a los funcionarios encargados del control de las obras, será penado con multa que variará de DIEZ a CINCUENTA PESOS ($ 10.00 a 50.00), según la gravedad del caso.

D.1868

Todos los comerciantes, cualquiera sea su naturaleza, que expendan al público frutas, verduras, carne, pescados y demás artículos alimenticios no en­vasados, deberán colocar un número suficiente de carteles invitando al público a no tocar los productos expuestos para la venta.

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