Back to top

Digesto

R.94

Formas de notificación.
Las notificaciones se practicarán:

1) personalmente en la dependencia que deba realizarlas;

2) personalmente en el domicilio de la persona interesada;

3) por telegrama colacionado;

R.82

Resoluciones que imponen sanciones y multas.
En las resoluciones que impongan sanciones o multas se deberán incluir los siguientes datos:

R.57

Requerimiento de informes.

R.48

Desglose de expedientes y actuaciones.
Los desgloses sólo podrán efectuarse por decisión de quienes tengan la potestad de ordenar la agregación de expedientes, conforme a lo dispuesto por el artículo anterior.

Páginas

Suscribirse a Digesto