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Digesto

R.33

Documentos adjuntos.

R.26

Formas de inicio.

R.104.7

DEROGADO tácitamente

R.141

El sumariado y su abogado defensor podrán concurrir a las audiencias o diligencias de declaración de testigos, dejándose constancia de su asistencia en el acta respectiva. En el curso de las mismas se impedirá toda actividad que el sumariado pretenda realizar sin asistencia letrada.

R.132

El sumariado no está obligado a contestar precipitadamente. Las preguntas serán siempre claras y precisas y les serán repetidas toda vez que parezca que no las ha entendido o cuando la respuesta no concuerde con la pregunta.

R.104.4.18

 Denomínase “Espacio Cultural Ciudadano” al ámbito de exposiciones y eventos creado por la Resolución No. 4066/03 de 6 de octubre de 2003.

R.113.5

La parte dispositiva deberá ser numerada en ordinales.

R.100

Formalidades de la notificación practicada por telegrama.

R.97.8

En las diligencias de notificación no podrán efectuarse alegatos ni manifestaciones del notificado, salvo que ello haya sido debidamente autorizado en la resolución o acto administrativo objeto de la notificación.

R.97.16

En los casos en que la notificación se practique por telegrama colacionado o publicación en el "Diario Oficial", se transcribirá la parte dispositiva del acto.

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