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Digesto

D.3418

Sin perjuicio de las normas constructivas que deben ajustarse los locales destinados a cafés, bares y afines, regirán además en materia de higiene las disposiciones bromatológicas contenidas en el Volumen VI "De la higiene y asistencia soc

D.3405

Servicios a distintos niveles.

D.4082.63

Cuando la iluminación de los estacionamientos sea artificial, se deberá cumplir con una iluminación mínima de 25 luxes medidos en el piso del local, la cual deberá mantenerse encendida durante todo el período de uso.

D.4440

Inspecciones de obras de saneamiento industrial.

R.1638

Los planos podrán dibujarse a escala uno a cien cuando el local de uso público exceda de ciento cincuenta metros cuadrados.

D.4251

Independencia de los servicios. Cuando existan “unidades locativas” o “espacios físicos acondicionados” agrupados, se deberá asegurar que sus Instalaciones Sanitarias tengan independencia física de funcionamiento.

D.4494

 Instalaciones eléctricas. Las instalaciones eléctricas deben ajustarse a las disposiciones vigentes por UTE.

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