El agua sufrirá un proceso de filtración, en filtros de arena u otro tipo autorizado. El área total de los filtros deberá asegurar en 8 horas la filtración del volumen total de agua a una tasa de filtración como máximo, de 180 m3 por metro cuadrado por día.
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Digesto
D.3667.9
Entre las 7 y las 23 horas el nivel sonoro no podrá sobrepasar los 45 (cuarenta y cinco) decibeles. En ningún caso dicho nivel podrá fuera de este horario, sobrepasar los 39 (treinta y nueve) decibeles, cuando no exista la limitación horaria a que se refiere el articulo anterior.
