Fécula. Es la materia amilácea extraída de las partes subterráneas de las plantas (raíces, tubérculos y rizomas). Se identificará con la denominación de "fécula de..." seguida del nombre del vegetal de procedencia.
Por ejemplo: fécula de papas.
Digesto
D.1738.5
D.1738.3
Sémola. Es el albumen (endosperma y perisperma) del grano triturado más o menos grueso, que se obtiene al pasar el trigo a través de los primeros cilindros de moltura.
D.1738.35
La harina de quinoa debe cumplir:
Humedad máx.14%
Fibra Bruta máx.0.6%
D.1738.34
Las harinas de soja deben presentar las siguientes características:
D.1738.33
En las harinas para sopas y purés se debe indicar en el rótulo la composición de las mezclas.
D.1738.32
Harinas para sopas y purés. Son las harinas de cereales, legumbres y tubérculos -solas o en mezcla- adicionales o no de verduras, condimentos y extractos de carne.
D.1738.31
Las harinas de hortalizas tienen las siguientes exigencias de composición expresadas en % m/m de producto:
D.1738.30
Las harinas de hortalizas (legumbres y otras) se deben rotular con el nombre de las mismas, ya sea puras o en mezclas.
D.1738.2
Harina integral o de graham. Es el producto total obtenido de la molienda del grano de trigo.
D.1738.28
La harina de avena debe tener las siguientes características:
Humedad máx. 12%
Cenizas máx. 2.2%
Páginas
